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LEGALIZACIÓN DE LA IZQUIERDA ABERTZALE

La Fiscalía también pide al TC que impida la legalización de Sortu

La Fiscalía ha presentado ante el Tribunal Constitucional un escrito en el que, al igual que hizo la Abogacía del Estado el lunes, solicita que no se legalice a Sortu, cuyos abogados han pedido que se garantice el derecho de la formación a presentarse el 20-N.

21/09/2011 8:34:00

GASTEIZ-. La agencia Europa Press, citando fuentes del tribunal, ha informado de que el informe a primera hora de hoy. En él, se posiciona en contra de la estimación de la demanda de amparo que fue presentada por la defensa de Sortu contra la decisión del TS de vetar la inscripción de esta formación en el Registro de Partidos Políticos.

Por su parte, la defensa de Sortu quiere garantizar que el partido pueda presentarse a las elecciones del próximo 20 de noviembre en condiciones de igualdad con el resto de fuerzas políticas; es decir, pudiendo constituir una coalición si ésa fuera su opción. Por ello, pide al Tribunal Constitucional que decida sobre la posible inscripción de Sortu en el registro a tiempo para ello.

La legislación determina que las coaliciones deben inscribirse ante la Junta electoral pertinente en los diez días siguientes a la convocatoria de los comicios. Para que las elecciones se celebren el 20 de noviembre, el Gobierno debe aprobar el real decreto el 26 de setiembre, que se publica al día siguiente en el Boletín del Estado. Por tanto, la fecha límite para la inscripción de coaliciones es el 7 de octubre.

La defensa de Sortu recurrió el 18 de mayo ante el Tribunal Constitucional la decisión del Supremo de prohibir su inscripción en el Registro de Partidos. El plazo para la presentación de alegaciones finaliza mañana. Si lo quisiera, el TC tiene tiempo suficiente para tomar una decisión, puesto que en los recursos electorales suele trabajar con plazos más breves, como ocurrió en el caso de Bildu.

En el escrito de alegaciones que presentarán hoy en el Tribunal Constitucional, los abogados Adolfo Araiz e Iñigo Iruin sostienen que, para que su recurso tenga "plena efectividad", la resolución debe conocerse mientras están abiertas todas las opciones electorales para Sortu, incluida la formación de una coalición. Recuerdan que si el TC concede su amparo en fechas posteriores y Sortu no puede presentarse a las elecciones, el daño causado sería irreparable y el perjuicio ocasionado al partido haría perder en parte la propia finalidad del recurso.

Por lo demás, las alegaciones presentadas por la defensa de Sortu dan por reiterado el contenido íntegro del recurso de amparo presentado tras las sentencia de la Sala del 61 del Tribunal Supremo, que consideran que vulnera el derecho de asociación, el de creación de partidos políticos, la libertad ideológica, la libertad de expresión, el derecho de participación política y el pluralismo.

Sobre la "sombra de ETA"


En cualquier caso, Iruin y Araiz sí responden en su escrito a una cuestión que figura en la sentencia del Tribunal Supremo y que estos días está volviendo a ser repetida tanto por la Fiscalía como por la Abogacía del Estado. Se trata de la idea de que "mientras ETA exista y siga armada", la izquierda abertzale, diga lo que diga, y «aunque rompa con la organización violenta, rechazando, incluso, sus métodos y actividades, no podrá ser un actor político normal, equiparable a otros partidos", ya que "la mera subsistencia" de ETA "es en sí misma una amenaza de violencia que altera el normal desenvolvimiento de la actividad de otros partidos".

La defensa de Sortu asegura que este argumento es "jurídicamente insostenible" y para apoyarlo incluyen en su alegación un artículo del catedrático de Derecho Constitucional de la UPV-EHU, Edurado Virgala, publicado en la revista de "Jueces para la Democracia".

Además, Adolfo Araiz e Iñigo Iruin reiteran ante el Tribunal Constitucional el derecho que asiste a sus representados "y a cualquier persona -hubiera tomado parte o no en los partidos o agrupaciones anteriormente ilegalizados- para conformar un nuevo partido político si proclama expresamente su alejamiento de las actividades que sirvieron de base a la ilegalización y se explicita una expresión de ruptura con la violencia de ETA".

Las bases políticas estatutarias de Sortu se presentaron públicamente el 7 de febrero y partidos y medios coincidieron en considerarlas un hito histórico y una autopista hacia la legalización. Sin embargo, el Gobierno de Zapatero optó por impedir el registro del nuevo partido. El Fiscal y la Abogacía del Estado recurrieron y la Sala del 61 del Tribunal Supremo les dio la razón por una apretada votación de nueve magistrados contra siete, que firmaron un voto particular común en el que acusan a la mayoría de ir "mucho más allá" que la propia Fiscalía.

En su recurso, la defensa de Sortu ha utilizado los argumentos que ya defendieron estos siete magistrados del Supremo, además de otras consideraciones del propio Tribunal Constitucional contenidas en el auto que permitió la presencia electoral de Bildu en los comicios municipales y forales.

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