SENTENCIA
El TS afirma que las declaraciones en sede policial no son suficientes para condenar y absuelve a cuatro jóvenes
El Tribunal Supremo español ha absuelto a cuatro de los ocho jóvenes de la comarca de Lea-Artibai que fueron condenados a seis años de prisión por la Audiencia Nacionall española por pertenecer a Segi. El alto tribunal afirma que "las declaraciones presentadas en sede policial no pueden considerarse en sí mismas pruebas de cargo".
27/07/2010 13:42:00
MADRID-. El Tribunal Supremo español ha absuelto por falta de pruebas a Ainhoa Pagoaga, Iban Etxebarria, Urko Pagoaga y Borja Oregi, condenados a seis años de cárcel por la Audiencia Nacionall española por pertenecer a Segi, y ha confirmado la misma pena para Estebe Gandiaga, Zaloa Zenarruzabeitia, Eneko Etxaburua y Eneko Ostolaza.
Según informa la agencia Europa Press, el tribunal ha estimado parcialmente el recurso de los cuatro primeros y ha basado su sentencia absolutoria en que los cuatro jóvenes sólo se declararon "culpables" en dependencias policiales. Para el Supremo, sin embargo, "las declaraciones presentadas en sede policial no pueden considerarse en sí mismas pruebas de cargo" sino que deben ser valoradas por el tribunal y, a través de ellas, "se podrían obtener datos que lleven a otras pruebas, estas sí estrictamente procesales".
"Aún cuando la declaración sea valorable, la prueba de cargo no viene constituida en realidad por el contenido de la declaración policial considerado en sí mismo y aislado de cualquier elemento, sino por el dato objetivo de carácter incriminatorio ya aportado en esa declaración, cuya realidad ha sido posteriormente comprobada por otros medios", indica en su sentencia.
En el caso de Oregi, el fallo señala que aunque este joven reconoció formar parte de un grupo que ejecutaba acciones de kale borroka, "no todas las personas que ejecutan actos de violencia callejera deben reputarse, por ello, miembros de Segi, pues tales actos son cometidos por otros miembros de organizaciones o colectivos diferentes".
Por el contrario, a la hora de confirmar la condena de Gandiaga, Zenarruzabeitia, Etxaburua y Ostolaza, el Supremo sí ha dado por buenas las declaraciones inculpatorias arrancadas a Oregi en sede policial y afirma que éstas vienen corroboradas por las declaraciones de dos funcionarios policiales que efectuaron seguimientos a esos jóvenes y por la documentación aprehendida cuando fueron arrestados.
Denunciaron torturas
Estos ocho jóvenes de Lea-Artibai, detenidos el 23 de enero de 2008 y encarcelados tres días después, fueron los primeros que se sentaron en el banquillo de los acusados de la Audiencia Nacional española acusados de pertenecer a Segi desde que el Tribunal Supremo español tildara de "organizaciones terroristas" a Jarrai, Haika y Segi.
Durante el juicio, denunciaron una y otra vez que estaban siendo juzgados únicamente por su militancia política. Todos se negaron a contestar a las preguntas del fiscal y recordaron que las declaraciones de los interrogatorios fueron obtenidas bajo torturas, como ya habían denunciado en su momento.





