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SENTENCIA

Estrasburgo condena al Estado español por no respetar la presunción de inocencia de un ciudadano vasco

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha condenado al Estado español a indemnizar a Francisco Lizaso Azconobieta por vulnerar su presunción de inocencia cuando fue detenido en 1994. Tan sólo un día después quedó en libertad sin cargos.

28/06/2011 13:20:00

MADRID-. Francisco Lizaso Azconobieta fue acusado por el entonces gobiernador civil de Gipuzkoa, José María Gurruchaga, de ser miembro de un comando de ETA. La rueda de prensa en la que se ofrecieron públicamente los datos de este ciudadano se celebró el 8 de junio de 1994, cuatro días después de la detención, y tan sólo un día después de que Lizaso fuera puesto en libertad sin cargo alguno por el juez de la Audiencia Nacional española, Baltasar Garzón.

La sentencia del tribunal europeo, hecha pública hoy, considera que en el caso de Lizaso se vulneró el artículo 6.2 del Convenio Europeo, que establece el derecho a la presunción de inocencia, pues este ciudadano fue identificado por Gurruchaga, a preguntas de los periodistas, como un miembro de un comando ETA, al que se le atribuían varios atentados.

Según el tribunal, presidido por el juez andorrano Josep Casadevall, el gobernador civil no se refirió a este ciudadano durante la rueda de prensa como un "presunto" miembro de la organización armada, sino que manifestó que los cuerpos de seguridad habían llegado a la "convicción" de que el comando al que pertenecía había sido el responsable de tres concretos atentados cometidos en Gipuzkoa.

Añade que la rueda de prensa ofrecida por el delegado del Gobierno español, de la que se hicieron eco varios medios de comunicación, llevó al público convencimiento de la culpabilidad de Lizaso y además prejuzgó la valoración de los hechos por los tribunales compententes.

Por ello, condena al Estado español a indemnizar a este ciudadano con 12.000 euros por daños morales (el demandante solicitaba 40.000) y a abonarle además otros 6.400 euros por costas y gastos de defensa, que han ejercido los letrado Iñigo Iruin y Didier Rouget.

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